Esta Corte dictó sentencia mediante la cual declaró: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Tomás Mariano Adrián Hernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 19.503, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil VENEVALORES CASA DE BOLSA, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 23 de abril de 2007, bajo en Nº 68, Tomo 1558-A; contra el acto administrativo contenido en la Resolución Número 024 de fecha 9 de noviembre de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.556 de fecha 19 de noviembre de 2010, emanada de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE VALORES, que resolvió Liquidar a la aludida Casa de Bolsa.