Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1. SU COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por el abogado Omar Antonio España, en su carácter de apoderado judicial de la Sindicatura del Municipio Autónomo de Atures del Estado Amazonas, en fecha 8 de noviembre de 2011, contra el fallo dictado en fecha 2 de noviembre de 2011, por la Corte de Apelaciones en lo Penal, Responsabilidad Penal de Adolescentes, Tribunal Superior Civil, Mercantil, del Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, mediante el cual declaró inadmisible por extemporánea la impugnación ejercida. 2. DESISTIDA la apelación interpuesta. 3. FIRME el fallo dictado por la Corte de Apelaciones antes mencionada, en fecha 2 de noviembre de 2011.