La Corte declaró Que es COMPETENTE para conocer de la consulta del Ley a la que se encuentra sometido el fallo dictado por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 26 de mayo de 2010, mediante el cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, declara PROCEDENTE la consulta de Ley invocada por el referido Juzgado A quo. Conociendo de la consulta prevista en el artículo 72 de Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se REVOCA PARCIALMENTE el fallo dictado por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 26 de mayo de 2010, sólo respecto a la capitalización mes a mes de los intereses moratorios, en consecuencia, CONFIRMA PARCIALMENTE la mencionada sentencia, respectó al pago de los intereses moratorios, a la tasa prevista en el literal "c" del .....