Esta Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, se declara: 1.- COMPETENTE para conocer de la presente pretensión de amparo constitucional autónomo, interpuesto por los abogados Alejandro Alfonso ? Larrain, Manuel Marin Palavicini, María Fernanda Zajía Tobía y Cristina Tovar de González, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 291, 38.635, 32.501 y 35.280, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de IVECO VENEZUELA, C. A., contra el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos ?SENCAMER -, adscrito al Ministerio de la Producción y el Comercio, por el desconocimiento del derecho de su representada a la plena validez de la Constancia de Registro Nacional de Productos Importados, identificada con el número 05-2402-017, de fecha 24 de febrero de 2000, expedida por ese mismo Servicio Autónomo. 2.- Se ADMITE la referida Pr.....