DISPOSITIVA
Finalizada la audiencia, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emitió los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: A tenor de lo dispuesto en el ordinal 2º del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, se admitió totalmente la Acusación formulada por el Ministerio Público y los Medios de Prueba por ser legales, lícitos y pertinentes, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO OLARTE TIMAURE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.944.200, residenciado en el Barrio 24 de Octubre, calle las Torres, Casa S/N, de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana ELIDA COROMOTO MOSQUERA SANTELIZ. SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 d.....