Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado ejercido en fecha 26 de julio de 2011, por el abogado Robinson Narváez Rodríguez, anteriormente identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ORLANDO ANTONIO UGAS AMARISTA, contra la decisión de fecha 20 de julio de 2011, que declaró inadmisible in limine litis el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto contra la Gobernación del estado Monagas, por haber operado la caducidad; 2.- SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto; 3.- CONFIRMÓ, el fallo apelado; 4.- SE ORDENÓ REMITIR, el expediente al Tribunal de origen, a los fines de darle continuidad a la presente causa.