En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte, ORDENÓ a la Secretaría, notificar a la ciudadana MYRIAM MERCEDES PRADO BRICEÑO y al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que en el lapso de diez (10) días siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su notificación, consigne ante este Órgano Jurisdiccional la documentación en la que se evidencie la consignación de la Declaración Jurada de Patrimonio por el cese de funciones en el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, a los fines que permita a esta Corte verificar su contenido, legalidad y procedencia, indicándole que una vez el documento solicitado sea consignado, la contraparte, podría -si así lo quisiera- impugnar el mismo dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos la remisión de la referida documental.