En el presente recurso interpuesto por la Sociedad Mercantil JUMBO ELECTRONICS, C.A., contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO ALÍ PRIMERA DE PUNTO FIJO DE LOS MUNICIPIOS CARIRUBANA, LOS TEQUES Y FALCÓN DEL ESTADO FALCÓN, esta Corte Dictó Sentencia mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de mayo de 2011, por la Abogada Claudia Méndez, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil recurrente, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo del estado Falcón, que declaró Desistido el recurso contencioso administrativo de nulidad , contra el Acto Administrativo de fecha 6 de septiembre de 2010, mediante la cual procedió a negar la solvencia laboral solicitada a la Sociedad Mercantil recurrente. 2.-DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, y 3.- FIRME el fallo apelado.