Por las consideraciones de hecho y de Derecho antes indicadas, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara realizado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente xxxxxxxxxxxxxx, venezolano, nacido en fecha xxxxxxxxx, de xxxxxaños de edad, soltero, de profesión u oficio estudiante de1° año de bachillerato, hijo de xxxxxxxxy xxxxxxxxx, titular de la Cédula de Identidad N° xxxxxxx, y residenciado en el xxxxxxxxxxxxxxxx; determinándose del Cómputo realizado, que el sancionado de autos, lleva cumplido de la medida impuesta, hasta la presente fecha (17-03-08), un lapso de OCHO (08) MESES y SIETE (07) DÍAS, faltándole por cumplir, el lapso de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES y VEINTITRÉS (23) DÍAS, que vencerían en fecha 11-07-2009. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones confer.....