En la demanda de nulidad interpuesta por el Abogado José Ángel Mongue Abache, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos LEOVIGILDO ANTONIO ROJAS CHACÓN, JOHNNY ROSSVELTH D´OCCHIO VIVAS, LUIS ALFREDO GUERRERO HERNÁNDEZ, quienes detentaban el cargo de Presidente, Tesorero y Secretario del Consejo de Administración, respectivamente, FÉLIX RAMÓN CASTILLO DÍAZ y HENRRY ANTONIO FIGUERA LUGO, que fungían como Suplente del Presidente y Suplente del Vicepresidente del Consejo de Vigilancia, de la Caja de Ahorros y Préstamos de los Trabajadores del Banco Industrial de Venezuela, C.A., contra la SUPERINTENDENCIA DE CAJAS DE AHORRO (SUDECA), esta Corte dictó sentencia interlocutoria mediante la cual declaró: 1. IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada. 2. ORDENÓ anexar copia certificada de la presente decisión en la pieza principal de la causa contenida en el expediente signado bajo la nomenclatura Nº AP42-G-2017-000174.