ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de la niña Identidad omitida en cumplimiento del artículo 65 LOPNA, asentando correctamente el primer nombre de la niña como "Identidad omitida en cumplimiento del artículo 65 LOPNA, CON DOBLE NN", el Estado Civil de la madre como " CASADA", los datos del padre siendo los mismos: JESÚS GREGORIO PÉREZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.868.427, casado, con el mismo domicilio", y el número de cédula de la madre siendo "V-13.343.277".