La Corte se declaró COMPETENTE para conocer las apelaciones interpuestas contra la decisión que declaró con lugar la acción de amparo; SIN LUGAR la apelación ejercida por los apoderados judiciales de Fondo Común, C. A., Banco Universal; CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana Mixdalia Josefina Jiménez Rodríguez; y REVOCA PARCIALMENTE el fallo de fecha 3 de noviembre de 2003, dictado por el Juzgado Superior Sexto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en los términos expuestos en la motiva de la presente decisión.