La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación contra la sentencia que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial; REVOCA parcialmente por contrario imperio el auto dictado por esta Corte; declara IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa; IMPROCEDENTE la impugnación del poder; CON LUGAR el referido recurso; REVOCA la sentencia dictada por el a-quo; y ORDENA remitir el presente expediente al a quo a los fines de que dé continuidad al presente proceso en la fase en que el mismo se encontraba al momento de proferirse la decisión impugnada, esto es, en la fase probatoria, para que la causa prosiga su curso de Ley.