La Corte se declaró INCOMPETENTE SOBREVENIDAMENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto; ORDENA LA REMISIÓN del presente expediente al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, a los fines de que siga conociendo de la presente causa; SE ADVIERTE que los actos y trámites procesales efectuados en el presente expediente, tanto por esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, como por el Juzgado de Sustanciación de la misma, deben tenerse como válidos a los fines de salvaguardar los derechos subjetivos de los justiciables.