En el recurso de apelación ejercido por la Abogada Yajaira Pacheco, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo de Transición de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 25 de agosto de 2003, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar la querella interpuesta por la Abogada OLGA XIOMARA LÓPEZ CEDEÑO, actuando en su propio nombre y representación, contra el Acto Administrativo contenido en el Oficio Nº 0001 de fecha 6 de enero de 1999, dictado por el Coordinador Técnico del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales no Renovables, hoy día Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, esta Corte dictó decisión por medio de la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto, 2. SIN LUGAR la apelación interpuesta, 3. CONFIRMA el fallo apelado.