Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por los abogados Carlos Ayala Corao, Rafael Chavero Gazdik, María Alejandra Estévez y Mariana Meléndez, actuando como apoderados judiciales de BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra el acto administrativo de efectos particulares Nº 368.04 de fecha 14 de julio de 2004, emanado por la SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS (SUDEBAN), mediante el cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto en fecha 7 de junio de 2004 contra la Resolución N° 256.04 de fecha 20 de mayo de 2004, dictada por la referida Superintendencia, la cual acordó sancionar al Banco de Venezuela S.A., Banco Universal, con multa de cuarenta millones quinientos veintitrés mil setecientos ocho bolívares (Bs. 40.523.708,00). 04