Esta Corte dictó sentencia mediante la cual: ORDENA notificar al ADMINISTRADORA DE PLANES DE SALUD CLÍNICAS RESCARVEN CA, al INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS), a la MINISTRA DEL PODER POPULAR DEL COMERCIO, así como al CONSULTOR JURÍDICO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR DEL COMERCIO, concediéndoles un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fecha en que conste en autos el recibo de la última notificación, consignen ante esta Corte copias certificadas del expediente administrativo de la presente causa, en cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.