Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Tribunal proveyó el escrito presentado en fecha 17 de septiembre de 2009, por la abogada Virginia José Sulbarán Istúriz, actuando en representación de la Procuraduría General de la República, parte codemandada de la manera siguiente: 1) Se admitieron las documentales que se contraen a reproducir el mérito promovidas en el Capítulo I, numerales 1, 2, 3 y 4, del escrito de pruebas, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes y, por cuanto cursan en el expediente, manténganse en el mismo; 2) Se admitió la documental promovida, y consignada en copia certificada, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva. 01