La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró con lugar el recurso por intimación del pago de honorarios profesionales; DESISTIDO el recurso de apelación intentado; y CONFIRMA, por efecto de la consulta de Ley establecida en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, la sentencia dictada por el Juzgado a-quo.