La Corte declaró su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación; CON LUGAR la referida apelación; y REVOCA la sentencia dictada el 20 de marzo de 2006, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por la razones expuestas en la motiva.