Esta Corte declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto el día 19 de septiembre de 2012, por el abogado Manuel Delgado González, contra la UNIVERSIDAD DEL ZULIA, por cobro de prestaciones sociales, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo del Estado Zulia, en fecha 10 de agosto de 2012, mediante la cual declaró inadmisible por caduco el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano JOSÉ HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, 2.- ANULA los autos de fechas 25 de octubre de 2012 y 18 de febrero de 2014, mediante los cuales se fijó el procedimiento de segunda instancia, así como el auto del 20 de marzo de 2014, sólo en lo que respecta al cómputo realizado por la Secretaría de este Órgano Jurisdiccional. 3.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido. 4.- Se CONFIRMA el fallo apelado.