Esta Corte declaró: 1.- SU COMPETENCIA para el conocimiento del recurso de apelación interpuesto el 7 de marzo de 2016, por la representación judicial de la parte recurrida, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 3 de marzo de 2016, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Isabel Cecilia Esté Bolívar, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CARMEN ADELAIDA MOGOLLÓN SUAREZ, contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL. 2.- CON LUGAR la apelación interpuesta. 3.- REVOCÓ PARCIALMENTE el fallo apelado únicamente en lo referente al pago por concepto de bono vacacional y en consecuencia, se CONFIRMÓ PARCIALMENTE la sentencia apelada en los términos expuestos en la motiva de la decisión.