Esta Corte declaró: 1. SU COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de hecho ejercido por la abogada Adela Camacho de Andueza, ya identificada, actuando como "representante judicial sin poder" de la sociedad mercantil Seguros los Andes, C.A., contra el auto dictado en fecha 20 de diciembre de 2007, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la referida abogada, contra la sentencia dictada en 29 de noviembre de 2007. 2.- INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto; 3.- EXHORTA al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, para que en casos sucesivos aplique las previsiones contenidas en los apartes 23, 24, 25 y 26 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. 03