LA CORTE Declara su COMPETENCIA para conocer y decidir la apelación interpuesta por la sociedad mercantil OBRAS MARÍTIMAS Y CIVILES, C.A. (OMYCCA), parte intimada, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental el 23 de febrero de 2005, mediante la cual declaró con lugar la demanda de intimación y estimación de honorarios profesionales interpuesta por las abogadas NINA VILLALOBOS FUENMAYOR y ALICIA VILLALOBOS FUENMAYOR, y ordenó a la mencionada empresa, el pago de los honorarios profesionales reclamados.ORDENA oficiar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, para que en un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos el oficio que se ordena librar, más ocho (8) días por concepto de término de la distancia, remita a esta Corte copia certificada de la pieza principal del expediente que contiene la pretensión de amparo constitucional interpuesta por las.....