La Corte ACEPTA LA COMPETENCIA y ADMITE el recurso de nulidad interpuesto, declara IMPROCEDENTES la solicitud cauterlares, ORDENA remitir sendas copias certificadas de la presente decisión a la Corte Primera y ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a fin de que continúe su curso de Ley.