Esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Abogado José Miguel Indrogo Martínez, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JORGE LUIS ARZOLAY TESAMO, contra la sentencia dictada en fecha 23 de abril de 2013, por el Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del estado Bolívar, mediante la cual declaró Inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la Abogada Narlibeth Washington, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del referido ciudadano, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA (DEM); CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto; ANULA el fallo apelado; y ORDENA al Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del estado Bolívar, se pronunciarse nuevamente sobre la admisibilidad del recurso, y de ser el caso, admita y sustancie el procedimiento respectivo.