La Corte RATIFICA la suspensión de efectos de la multa impuesta en la Resolución Número SPPLC/0025-2008 de fecha 27 de octubre de 2008, emanada de la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia, que sancionó a la recurrente, condenándola a pagar la suma de cinco millones trescientos setenta y un mil ochocientos bolívares fuertes con veintiocho céntimos (Bs.F. 5.371.800,28), acordada por esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo mediante sentencia Nº 2009-929 de fecha 27 de mayo de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, solicitada en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medidas cautelares de suspensión de efectos, por los abogados por los abogados Nohemí Fischbach, Alejandra Figueiras, José Annicchiarico, Daniel Salas-Arana y Gerardo Bello, ya identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la soci.....