Guanare, 07 de agosto de 2008
198º y 149º
Vista la solicitud formulada por el ciudadano JOSÉ LUIS MARIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.308.838, domiciliado en el Caserío Mata de Auyama, Municipio Guanarito del estado Portuguesa, actuando en representación de su hija, la niña XXXXXXXXXXXXXXXXX de tres (03) años de edad, debidamente asistida por la Abogada OMAIRA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Primera (S) de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, para que este Tribunal emita autorización judicial para que gestione y retire el pago a nombre de su hija arriba mencionada, el cual corresponde como beneficiaria de la póliza de seguro de vida la empresa InterBank Seguros, en razón de la muerte de la ciudadana LILIAN MARÍA PIMENTEL MARIN, ocurrida en fecha 18/04/08, A consecuencia de Síndrome Hemorrágico en Estudio, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que la niña tiene.....