Esta Corte declara: 1.- NO ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta contra la sentencia dictada en fecha 19 de mayo de 2008, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, quien conoció en sede constitucional en primera instancia, en virtud del amparo constitucional interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 28 de enero de 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Lara, por presuntas violaciones de orden constitucional. 2.- SE ORDENA la remisión del presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que conozca de la apelación ejercida contra la sentencia definitiva de amparo constitucional, dictada en fecha 19 de mayo de 2008, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. 03