Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada Ana Alessandra Luciani, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 97.049, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil MAQUINARIA DIEKMANN, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 26 de enero de 1960, bajo el N° 18, Tomo 9-A Pro, contra los actos administrativos, emanados de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), mediante los cuales negó las Autorizaciones de Adquisición de Divisas (AAD) de las solicitudes números 8214690, 8667672, 8871405, 8778630, 8778464, 8778581, 8778538, 8673459, 8778433, 8307714, 8214328, 8174062, 8485466, 8475762, 8475703, 8337869, 8485515, 10209959, 8342720, 8656137, 8673457, 8336961, 9249779 y 8368072. Se ordenó la notificación.