Esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, declara: 1.- Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 -11-2008, por la abogada Lorena Arriaga, actuando como apoderada judicial del Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Desarrollo, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 4-08-2008, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano CESAR BALTAZAR MANAURE GIUSEPPE, titular de la cédula de identidad Nº 10.793.679, debidamente asistido por el abogado Francisco Lépore Girón, contra el indicado Ministerio. 2. DESISTIDO el recurso de apelación. 3. Conociendo de la consulta, esta Corte Anula el fallo dictado por el en fecha4-08-2008, por el Juzgado referido. 4.- Con fundamento a lo anterior, conociendo el fondo del presente asunto, se declara SIN LUGAR el recurso interpuesto.