En el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos por los abogados Alejandra Figueiras, José Catalá, Andrés González, Carlos Natera y Claudia Nikken, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 57.044, 629, 57,599, 5.065 y 56.566, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la FEDERACIÓN MEDICA VENEZOLANA, contra el "Acta-Convenio" suscrita el 22 de mayo de 2003 entre el Presidente de la Junta Directiva del COLEGIO DE MÉDICOS DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS y el ALCALDE DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, esta Corte dictó decisión mediante la cual ORDENÓ REMITIR de inmediato el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para que continúe conociendo del recurso, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante sentencia Nº 793, de fecha 26 de mayo de 2011.