Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1.- QUE ES COMPETENTE para conocer de los recursos de apelación interpuestos en fecha 8 de mayo y 22 de julio de 2013, por Manuel De Jesús Domínguez, apoderado judicial del ciudadano Pedro Rafael Ugarte Camacho y la representación judicial de la Procuraduría General de la República, contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2013, dictada por el Juzgado Superior, Región Capital mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso funcionarial ejercido contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, A TRAVÉS DEL SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Manuel de Jesús Domínguez, apoderado judicial de la parte actora. 3.-Desistido el recurso de apelación interpuesto por la representación de la Procuraduría, conociendo en consulta: 4.-CONFIRMA la sentencia antes referida.