La Corte ORDENA notificar a la parte apelante, a fin de que comparezca a esta Corte dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, si ello fuere posible, o en su defecto, mediante la fijación de un cartel en la sede de este Órgano Jurisdiccional, a fin de manifestar su interés en que sea sentenciada la presente causa, así como también para que alegue las razones que justifiquen su inactividad, las cuales serán apreciadas y ponderadas por este Órgano Jurisdiccional, con la advertencia de que su falta de comparecencia hará presumir de pleno derecho la pérdida de interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la instancia por pérdida sobrevenida del interés y el archivo del expediente. 01