En el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Neuman Cuellar, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano FRANKLIN NARVÁEZ, contra la decisión dictada en fecha 27 de octubre de 2010, dictado por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró Sin Lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Providencia Administrativa Nº 329-07 de fecha 27 de noviembre de 2007, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, mediante la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Calificación de falta incoada por la Sociedad Mercantil Puertos del Litoral Central, P.L.C.S.A., contra el referido ciudadano. Se dicto sentencia mediante la cual esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto; y HOMOLOGA la transacción extrajudicial celebrada por las partes en fecha 5 de octubre de 2011.