Decisiones del dia 16/12/2011
N° Expediente :
AP42-R-2011-001227
N° Sentencia :
2011-1993
Fecha: 16/12/2011
Procedimiento: Demanda. Apelación.
Partes: FUNDACIÓN PARA LA INFRAESTRUCTURA DE LA PLANTA FÍSICA EDUCATIVA DEL ESTADO ZULIA (FUNDAEDUCA) CONTRA LAS SOCIEDADES MERCANTILES INVERSIONES YAHOO, C.A., Y SEGUROS BANVALOR, C.A.
Resumen:
Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el abogado Glenis Beatriz Fuenmayor Villalobos, actuando en su carácter de apoderado judicial de la FUNDACIÓN PARA LA INFRAESTRUCTURA DE LA PLANTA FÍSICA EDUCATIVA DEL ESTADO ZULIA (FUNDAEDUCA), contra la sentencia dictada en fecha 16 de agosto del 2011, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró la perención de la instancia; 2.- Se ORDENA notificar a las sociedades mercantiles la Inversiones Yahoo, C.A., y Seguros Banvalor, C.A. para que dentro del lapso de ocho (8) días continuos correspondientes al término de la distancia, y el lapso de cinco (5) días al que hace mención el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dé contestación a la fundamentación a la apelación.
Juez/Ponente:
Emilio Ramos Gonzalez
Organo:
Corte Segunda
N° Expediente :
AP42-O-2006-000255
N° Sentencia :
2011-1989
Fecha: 16/12/2011
Procedimiento: Amparo Constitucional En Apelación
Partes: FLOR MARISELA RUBIO MORA, IRIS MARGARITA BLANCO PÉREZ, HAYDEÉ VIRGINIA TORO DE DOMÍNGUEZ, CARMEN LEONOR GALINDO GONZÁLEZ, CARMEN ADRIANA QUIJADA NAVARRO, SILVIA NINANA CANELÓN GARCÍA Y MARÍA VIRGINIA WILLIAMS MÁRQUEZ CONTRA LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO MIRANDA
Resumen:
Esta Corte dictó auto mediante el cual ORDENA NOTIFICAR a las ciudadanas FLOR MARISELA RUBIO MORA, IRIS MARGARITA BLANCO PÉREZ, HAYDEÉ VIRGINIA TORO DE DOMÍNGUEZ, CARMEN LEONOR GALINDO GONZÁLEZ, CARMEN ADRIANA QUIJADA NAVARRO, SILVIA NINANA CANELÓN GARCÍA Y MARÍA VIRGINIA WILLIAMS MÁRQUEZ, para que expongan, en un plazo máximo de diez (10) días de despacho, contados a partir que conste en autos el recibo de su notificación, si conservan interés en continuar el presente proceso y de ser éste el caso, expresen los motivos por los cuales mantiene el referido interés en la acción de amparo constitucional (en apelación) interpuesta. En caso de que no realicen respuesta dentro del plazo que fue fijado, este Órgano Jurisdiccional considerará la pérdida del interés en la acción de amparo constitucional (en apelación) interpuesta.
Juez/Ponente:
Emilio Ramos Gonzalez
Organo:
Corte Segunda