LA CORTE DECLARO SU COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por el abogado Juan Córdoba, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Wenceslao Rodríguez, en su carácter de Presidente del Sindicato Único de Trabajadores Fluviales, Canalizaciones y Afines del Estado Apure, actuando como tercero coadyuvante en la presente causa, contra la sentencia de fecha 22 de febrero de 2007, mediante la cual el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, declaró terminado el procedimiento en la acción de amparo constitucional interpuesta con solicitud de medida cautelar innominada por los ciudadanos JOSÉ ANDRADE, RAFAEL ARAGOZA, FRANCISCO ARAUGO, RICHAR BARRERA, MARCOS BELLO, RAMÓN BRAVO, HÉCTOR CARRILLO, JULIO CHACÓN, LEOPOLDO CUCAITA, JESÚS DÍAZ, CARLOS GARCÍAS, MARIO GARRIDO, ALFONZO GÓNZALEZ, CARLOS GÓNZALEZ, PEDRO INFANTE, ALEXIS LOMOGLIA, GABRIEL LAMUÑO, FELIZ MACÍAS, ALIDES MERCAD.....