La Corte declaró DESISTIDO el recurso de apelación ejercido contra la sentencia, mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial; y CONFIRMA la decisión apelada, en virtud de haber sido conocida la misma en consulta, de conformidad con el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con la reforma referida al reajuste de la pensión de jubilación.