Se dictó decisión mediante la cual esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo declaró: Que es COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de diciembre de 2014, contra la sentencia de fecha 4 de diciembre de 2014, dictada por el Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano OSWALDO MÉNDEZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº V.- 1.452.738, debidamente asistido por los abogados Agustín Alfonzo Albornoz e Hilsy María Silva Rondón, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 1.574 y 69.213, respectivamente, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA; Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta y en consecuencia; Se CONFIRMA, el fallo apelado.