La Corte declaró SU COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia que declaró improcedente la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia que declaró con lugar la acción de amparo incoada; CON LUGAR el referido recurso; SE REVOCA la decisión apelada; y se ORDENA al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, ejecutar la sentencia dictada en fecha 14 octubre de 2004.