Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo de régimen de visitas celebrado por los ciudadanos Anyela Yuse Jiménez Perez y Coster Humberto Diaz Rodriguez, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciéndose saber a las partes que el presente régimen puede ser variado de acuerdo a las necesidades de los niños.