En la presente demanda por ejecución de fianza interpuesta conjuntamente con medida cautelar de embargo por las abogadas Fabiana González, Aurora Egea y Alexandra Chacón, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 84.434, 118.969 y 163.749, respectivamente, actuando con el carácter de apoderadas judiciales del INSTITUTO DE DEPORTE Y RECREACIÓN MIRANDINO (IDERMI), contra la sociedad mercantil LA VENEZOLANA DE SEGUROS Y VIDA, C.A., esta Corte dictó sentencia mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial del Instituto demandante y la apoderada judicial del Estado Bolivariano de Miranda, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 23 de enero de 2012, mediante la cual declaró desistido el procedimiento en la demanda, 2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta, y, 3.- Se CONFIRMA la decisión apelada.