Por recibida y vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada por la ciudadana OLGA ADRIANA STEFANEK, venezolana mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 2.969.669, el Tribunal a los fines de proveer al respecto observa:
La ciudadana Olga Adriana Stefanek, acudió por ante esta autoridad jurisdiccional, a los fines de que se declararan como únicos universales herederos del difunto JULIO JOSE DOLORES BEITIA GAMEZ, a ella como su legítima esposa, y al ciudadano ADRIAN FRANCISCO TORREALBA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 17.554.550, este último en su carácter de hijo reconocido post mortem del de cujus.
Ahora bien, dentro de los recaudos consignados a los fines de la evacuación de la solicitud que nos ocupa, la prenombrada ciudadana, presentó documento autenticado por ante la Notaría Pública Décimo Quinta de Caracas, de fecha 27 de Enero de 2006, donde se produjo el reconocimient.....