La Corte ACEPTA LA COMPETENCIA declinada para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad y se ANULA las actuaciones realizadas por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar y, en consecuencia, ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado de Sustanciación de éste Tribunal a los fines que se pronuncie sobre la admisibilidad del recurso contencioso administrativo de nulidad.