En el día de hoy 14 de diciembre de 2018, se deja constancia que la decisión que precede fue dictada por esta Corte en fecha 28 de noviembre de 2018, la cual no pudo ser cargada ni diarizada por la falla presentada en el sistema JURIS 2000 en fecha 28 de noviembre de 2018. En dicha fecha esta Corte declaró: 1.- IMPROCEDENTE la solicitud del BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (BANAVIH), relativa al levantamiento de la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar dictada en fecha 25 de enero de 2008, mediante decisión de esta Corte Nº 2008-00055, sobre el inmueble constituido por "...la parcela Nº 216, Quinta Carolina, ubicada en la Urbanización el Rosal, Avenida Venezuela con calle Mohedano y Avenida Sorocaima del Municipio Chacao, Estado Miranda, la parécela tiene un área aproximada de Ochocientos Veintitrés Metros Cuadrados (823 M2), cuyos linderos son: Norte, en una extensión de veinte metros (20mts) con el parque de la Urbanización El Rosal...";2.- TEMPESTIVA la apelación i.....