En la demanda de nulidad, interpuesta por las ciudadanas RAQUEL RAMÍREZ actuando en nombre propio y representación; GISELA MENA, MARIELA DE SANABRIA, ANA MARIELA FIGUERA DE OLIVARES, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.184.959, 3.560.575, 4.357.813, 3.821.103, respectivamente, asistidas por la abogada Cruz Elvira de Martínez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.680, pertenecientes a la Asociación de Vecinos de la Urbanización Santa Mónica (ASOVEMONICA), inscrita en el registro de la Oficina Subalterna del 4º Circuito del Distrito Federal, bajo el Nº 30, tomo 8, Departamento Libertador, contra la Resolución Nº 687 emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR. Este Juzgado ORDENA: notificar a las ciudadanas Raquel Ramírez, Gisela Mena, Mariela de Sanabria, Ana Mariela Figuera de Olivares, para que, dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en el expediente la notificación, manifiesten su interés en .....