Esta Corte, dictó decisión mediante la cual declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 10 de junio de ese mismo año, por la Abogada Rita del Valle Mendoza de Díaz, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte recurrida, contra la sentencia dictada en fecha 3 de junio de 2013, por el mencionado Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual se declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana JOULYS ÁVILA GUARATE, debidamente asistida por el Abogado Gualfredo Blanco Pérez, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER (INAMUJER), adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género. 2. CON LUGAR el recurso de apelación ejercido. 3. REVOCA la sentencia apelada. 4.-SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.