En el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano Juan Martín Delgado Valles, contra la sentencia publicada por el Juzgado A quo, en fecha 14 de octubre de 2014, que declaró Improcedente el amparo cautelar solicitado por los ciudadanos YENNY RUTH ACOSTA MESÍAS, JULIO MARTÍN DELGADO VALLES y MARIO AMAYA HUMBERTO GONZÁLEZ, contra la Dirección de Control Urbano de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, esta Corte dictó sentencia y declaró:1. Su COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto. 2. CON LUGAR la apelación interpuesta. 3. REVOCA parcialmente el fallo apelado. 4. IMPROCEDENTE, el amparo cautelar solicitado.