La Corte ADMITE PROVISIONALMENTE la pretensión de nulidad interpuesta por el abogado Rodolfo Perera Díaz, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por las ciudadanas Esmeralda Ramírez Lara y Alba Marina Arias de Franquiz. PROCEDENTE la medida cautelar típica solicitada. REMITE el presente expediente al Juzgado Superior Sexto en lo Contencioso Administrativo de la Región Central, para que tal órgano asuma la competencia en virtud de la nueva doctrina de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia n° 2005/9, de 5 de abril (Caso Universidad Nacional Abierta), la sentencia SPATSJ 2005/1843 de 14 de abril (Caso Inversiones Alba Due, C.A.), y la sentencia 2005/924 de 20 de mayo (Caso Omar Dionicio Guzmán en recurso de revisión), emanada de la Sala Constitucional. Se advierte al Juzgado de Sustanciación de esta Corte que la remisión ordenada deberá.....