Esta Corte dictó decisión mediante la cual: ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA efectuada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la demanda por cobro de bolívares interpuesta conjuntamente con medida cautelar, por el Apoderado Judicial del FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS acreditado como liquidador del BANCO REAL, BANCO DE DESARROLLO, C.A., contra la empresa CORPORACIÓN VERDIARENAS, C.A. ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se pronuncie acerca de la admisión de la presente causa y de ser conducente, continúe con el procedimiento de Ley. ORDENA al Juzgado de Sustanciación, en caso de resultar admisible la presente demanda, abrir cuaderno separado a los fines de la tramitación de la medida cautelar solicitada. ORDENA al Juzgado de Sustanciación efectuar las notificaciones necesarias a las partes.